Domingo, 24 de Noviembre 2024
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España ECONOMIA Titulo: ADICAE lleva a los tribunales a 28 entidades por el abuso de las preferentes. Texto: Caixabank, BBVA, Banco Santander, Caja Madrid, Bancaja, Bankia, CAM, Caixa Galicia, Caixa Nova, Banca Cívica, Banco Popular, Banif, Caja Cantabria, Caixa Catalunya, Unimm, CAI, Ibercaja, Caja Navarra, Caja Ávila, Caja Segovia, Deutsche Bank, Caixa Laietana, Caja Rioja, Caja Granada, Caja Extremadura, Caja Badajoz, Caja Canarias y Cajasol. Tras el éxito de las movilizaciones del 22 de marzo en las que al menos 12.000 miembros de la Plataforma de Afectados de ADICAE por preferentes y otros productos tóxicos exigieron diálogo y soluciones frente a más de 200 sucursales de toda España implicadas en este abuso masivo, la Asociación ha decidido presentar 15 demandas de conciliación frente a otras tantas entidades, incidiendo en la necesidad de que la banca responda definitivamente y de manera justa a los consumidores perjudicados por lo que se ha comprobado ya como un abuso manifiesto sobre más de un millón de familias. Desde que ADICAE diera la voz de alarma en octubre del año pasado denunciando a 52 entidades ante la CNMV por la comercialización indebida de participaciones preferentes, la Banca no ha dado ninguna solución que pueda satisfacer, ni siquiera en parte, a los afectados. Tras escudarse en supuestas resoluciones de la CNMV y del Banco de España, algunas entidades han optado por imponer el canje estos productos tóxicos por otros de similares características, en pro exclusivamente de su propio beneficio ya que las preferentes ya no les computan como capital de máxima calidad y, por tanto, su mantenimiento en sus balances implica dificultades para cumplir exigencias de normativas europeas. La interposición de estas demandas responde de manera general, más allá de las peculiaridades propias de cada entidad, a lo que desde ADICAE hemos llamado el decálogo de la vergüenza: 1) La constatada mala práctica de comercializar entre clientes minoristas, es decir, consumidores, de forma masiva e indiscriminada instrumentos financieros de inversión, catalogados como complejos y de alto riesgo, que denominamos productos tóxicos, en concreto, participaciones preferentes, obligaciones subordinadas y obligaciones convertibles. 2) El incumplimiento de la normativa de protección de la clientela. Se comercializó frente a clientes con el nivel máximo de protección, que no querían asumir riesgo alguno dado su perfil conservador, sin evaluar los conocimientos financieros de manera correcta ni ajustada a la legalidad. 3) La iniciativa en la contratación fue de las entidades, diseñando campañas comerciales de venta activa y agresiva de dichos productos. 4) La información precontractual sobre las características y condiciones fue insuficiente, confusa y equívoca ( así fue expresado por el Protector del Inversor de la Bolsa de Madrid, Informe 2011, página 8.) 5) No se han entregado ni hecho efectiva la información recogida en los folletos y trípticos oficiales de emisión. 6) Existencia de un claro conflicto de intereses, entre la entidad y sus clientes, resultado de colocar emisiones propias con campañas activas para captar recursos propios sin importarle el interés del cliente. 7) Las malas prácticas en la gestión de las órdenes de venta (mercado secundario) y en la información postcontractual. 8) Malas prácticas en la elaboración y gestión de la normativa Mifid. 9) Malas prácticas en los canjes 10) La actuación negligente y/ o irregular de la entidad financiera que debió ser controlada por la CNMV más allá del simple folleto explicativo y advertencia que emitió ésta. Dadas las irregularidades cometidas y sobradamente probadas, el alto volumen de afectados que representa la asociación y los nuevos abusos cometidos en la mayoría de los canjes, ADICAE reclama en defensa de los afectados la devolución íntegra del importe abonado en la compra o suscripción de los productos a todos los consumidores, el cese en lo sucesivo de ofrecer y suscribir cualquier canje o sustitución de los instrumentos financieros descritos por otro de cualquier naturaleza que impida la disponibilidad inmediata sin pérdida alguna del capital invertido, así como el abono de una indemnización por las pérdidas patrimoniales, daños y perjuicios, incluidos los morales y el lucro cesante.