Domingo, 24 de Noviembre 2024
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España SOCIEDAD Titulo: FACUA: Un juez declara nulo un embargo por considerar que el contrato tenía cláusulas abusivas. Texto: Un juez ha declarado nulo un embargo de la vivienda de una mujer por primera vez con el amparo de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, con sede en Luxemburgo, que señala que la ley española que regula las ejecuciones hipotecarias es incompatible con la normativa comunitaria de protección de los consumidores. Según publica Infolibre, para el magistrado el contrato del préstamo establecía un desequilibrio importante entre los derechos del consumidor y las obligaciones del banco, así como que los intereses por demora pactados en el mismo ascendían de manera abusiva al 14,8%. La vivienda afectada por el embargo, ahora paralizado, era de una mujer que se personó como avalista de su hija y su yerno. Éstos perdieron su piso y la entidad bancaria General Electric Capital Bank fue la adjudicataria de la vivienda por un 60% del precio de tasación en una subasta pública. No obstante, pese a perder su vivienda el banco les continuó reclamando la deuda, que se elevaba hasta los 100.450 euros de capital principal más unos intereses de demora de 30.135 euros; además de pretender quedarse con el piso de la avalista. En la sentencia, este magistrado señala que el dictamen europeo da cobertura jurídica a los jueces españoles para que de oficio y antes de la conclusión del procedimiento de entrega efectiva del inmueble adjudicado a la entidad acreedora examinen la abusividad de determinadas cláusulas contenidas en la hipoteca. Por esta razón, el juez ha considerado, tras estudiar el contrato hipotecario de la afectada, que existe un desequilibrio entre las partes y por ello declara nulo el embargo, medida que no afectará a la hija y al yerno de la mujer, que perdieron su vivienda, pues no puede interpretarse con carácter retroactivo.