Domingo, 24 de Noviembre 2024
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España SOCIEDAD Titulo: Un grupo de intelectuales y académicos piden una nueva ley de partidos para que estos sean más democráticos. Texto: La sociedad española asiste preocupada y escandalizada al deterioro de la política. Tras treinta y cinco años de democracia, los partidos funcionan mal. Tal y como muestran todas las encuestas, los ciudadanos sienten que el nivel de los políticos está por debajo de las exigencias de los problemas que afronta el país. La corrupción se ha hecho crónica y, en mayor o menor medida, salpica a los principales partidos. Hay una crisis de confianza en la política. No podemos seguir así. Las leyes y pactos para controlar la corrupción han fracasado. No faltan leyes para castigarla, pero faltan normas que creen contrapesos en la política, que establezcan más competencia entre políticos de un mismo partido y que limiten el poder de las cúpulas dentro de las organizaciones políticas. Normas encaminadas a evitar que la corrupción pueda crecer sin freno. Los partidos políticos tienen un papel insustituible en todo sistema democrático. A diferencia de lo que ocurre en otras democracias avanzadas, en España el marco legal vigente no facilita la depuración de los partidos cuando ello se revela necesario. Los partidos españoles se autorregulan: los congresos y órganos de dirección se reúnen cuando conviene a sus dirigentes; el método habitual de selección de cargos internos y de candidatos a cargos representativos es la cooptación; y el control de las cuentas se encomienda a un organismo, el Tribunal de Cuentas, fuertemente politizado, cuyos miembros acceden al cargo por cuota política y cuyo último ejercicio auditado es 2007. En las democracias constitucionalmente más avanzadas los partidos están fuertemente regulados por la ley o, en el caso británico, por la costumbre. No es por capricho. Los partidos políticos no son entidades privadas como, por ejemplo, un club de fútbol o una empresa agrícola, que pueden organizarse como mejor les plazca. Son entidades especiales a las que se les reconoce el monopolio de la representatividad política y que se financian con fondos públicos. Su funcionamiento tiene más trascendencia que el de cualquier empresa o sociedad recreativa. Por ello, la periodicidad de los congresos, los métodos de selección de los delegados y el control de sus cuentas mediante auditorías independientes están regulados por la ley. Nada de eso es de aplicación en España y esta anomalía es una causa importante de la difícil situación actual. En todos los países hay corrupción política, pero la democracia interna en los partidos, la competencia entre los que son dirigentes y los que aspiran a serlo y las obligaciones detransparencia impuestas por la ley permiten que los políticos corruptos sean apartados con celeridad. En España esto no ocurre y la corrupción crece, debilita la acción de gobierno en una coyuntura crítica, provoca la desafección ciudadana y acaba causando una grave crisis política e institucional.Hay más. El método de cooptación, repetido una y otra vez, es un método de selección adversa que acaba elevando a puestos de responsabilidad a los menos críticos y a los menos capaces. Hay que cambiarlo urgentemente. Creemos que, entre los muchos cambios que hoy demanda nuestro sistema político, el más urgente es la elaboración de una nueva Ley de Partidos Políticos, con el fin de regular su actividad, asegurar su democracia interna, la transparencia y el control de su financiación y acercar la política a los ciudadanos. Esta es una condición necesaria para poder abordar con garantías un proceso de reforma institucional mucho más amplio que debería incluir, entre otras, la reforma de la Justicia, la regulación de los lobbies y la separación estricta de los cargos políticos y los puestos administrativos para garantizar la independencia y la profesionalidad de la función pública. Las normas básicas que esta nueva Ley debería recoger son muy comunes en las democracias europeas. Concretamente, debería exigir 1. Celebración de congresos cada dos años como mínimo y, en todo caso, a fecha fija. 2. • Reunión de los órganos de control de las directivas y parlamentos internos a fecha fija, incluyendo en el orden del día la votación sobre la gestión de la directiva con voto secreto. Limitación del número de sus integrantes, entre los cuales no se contarán los de la directiva. 3.• Composición de los congresos y de los órganos de control proporcionales al número de afiliados o de votos del partido en cada provincia o distrito. Limitación de mandatos al menos en los órganos de control. 4.• Elección de los órganos ejecutivos, delegados a congresos y miembros de los órganos de control mediante voto secreto de los afiliados o delegados al congreso. 5. Elección de los candidatos a cargos representativos por elecciones primarias. 6. • Mandato limitado de los tesoreros y encargados de las cuentas y elección de los interventores por parte de los distintos niveles del partido. Auditorías anuales por empresas independientes previas a la presentación de las cuentas que deberán ser aprobadas por los máximos órganos de dirección del partido. 7. • Constitución de comisiones independientes para verificar los gastos de las campañas e inspecciones para verificar el cumplimiento de los límites de gasto electoral. La Ley de Partidos es una Ley Orgánica que no puede ser objeto de una Iniciativa Legislativa Popular. Pero la Constitución, en su Artículo 29, ampara el derecho de petición, al que nos acogeremos los abajo firmantes para pedir a las Cortes una nueva Ley de Partidos con las características anteriores. Solicitamos su adhesión a esta petición a través de esta web.