Sabado, 23 de Noviembre 2024
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España Facua Titulo: Condenan a Novagalicia por vender obligaciones subordinadas a un bebé de cuatro meses. Texto: El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ponferrada (León) ha anulado un contrato de suscripción de obligaciones subordinadas de Novagalicia Banco (NCG) con un bebé de apenas cuatro meses. La sentencia, dictada el 29 de noviembre, también ha condenado a la entidad a pagar el interés legal del dinero desde la fecha de suscripción de los valores y las costas del procedimiento judicial, según ha informado este martes el TSJCyL. Según recoge el fallo, en la orden de suscripción de obligaciones subordinadas se encuentra el nombre de dos titulares (cuenta asociada) pero la ordenante es un bebé de apenas cuatro meses, al tiempo de la suscripción. Dicho dato objetivo determina la inexistencia de información por el personal bancario o al menos que la misma pudiera comprender con tal edad, aclara el juez. Según consta en la sentencia, los progenitores de la menor, con motivo del nacimiento de su hija, en enero de 2009, solicitaron al director de la sucursal de Cacabelos, en atención a la confianza existente durante años, la apertura de una libreta de ahorro infantil por importe de 5.000 euros. Asimismo, se explica que como causa de la nulidad pretendida concurre un error en el consentimiento, esencial y excusable, por las siguientes razones ya que fueron firmados los documentos sin leerlos en base a la confianza depositada en el personal de la sucursal contratante y se firmó en la creencia de que era una cartilla de ahorros infantil. Además, se firmaron con error, al creer que se trataba de un plazo fijo con alta rentabilidad destinado a una cuenta de ahorros para el bebé, con la convicción de disponibilidad inmediata y en cualquier momento del dinero sin penalización alguna.