Sabado, 23 de Noviembre 2024
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España Izquierda Unida Titulo: El PP tumba la enmienda a la Ley de Defensa de los Consumidores que mantiene la situación de abuso de las empresas con los ciudadanos. Texto: El diputado de Izquierda Unida y portavoz en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, Gaspar Llamazares, ha defendido la enmienda a la totalidad de devolución a la ley de Defensa de los Consumidores –una de las tres debatidas en el Pleno extraordinario de hoy del Congreso-, que finalmente ha sido rechazada por la mayoría absoluta del Grupo Popular que sustenta al Gobierno en la Cámara. Llamazares ha justificado durante su intervención la necesidad de la iniciativa presentada por IU, ICV-EUiA, CHA en la falta de ambición del texto de mínimos elaborado por el Ejecutivo del PP, que vuelve a dejar sin amparo a los consumidores ante lo que denunció como una situación de abuso, cuando no de fraude de numerosas empresas hacia los ciudadanos que ven oligopolios de dominio que pactan precios en contra de sus intereses y ven también a reguladores regulados por esos oligopolios de dominio. Señora ministra, señorías, mi grupo parlamentario, el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural, ha presentado una enmienda de devolución a esta modificación de la Ley para la Defensa de los Consumidores que, en nuestra opinión, aunque se trata de contratos a distancia, es una modificación o una trasposición de la Directiva 2011/83, que podríamos denominar de mínimos; de mínimos no solamente porque la trasposición es muy poco ambiciosa y, en algunos casos, ambigua sino, sobre todo, porque no responde a una situación de máximos. La situación de máximos es la situación de los consumidores de este país, que junto con los trabajadores, con los sectores medios y con los ciudadanos son los grandes paganos de la crisis. El Gobierno, teniendo la oportunidad de legislar, además de para trasponer una directiva comunitaria para modificar la Ley para la defensa de los consumidores, pierde esta oportunidad y se queda únicamente en una ley de mínimos. Es de mínimos, señorías, porque incluso en aquello que regula lo hace de manera, como he dicho antes, insuficiente y ambigua. Es verdad que traspone lo relativo a la información a los consumidores, traspone también aspectos relativos al desistimiento, a la seguridad en el pago, a lo que ha denominado la señora ministra nuevos derechos -muy difíciles de encontrar en el texto- o, por ejemplo, temas como los que tienen que ver con el spam telefónico; pero una vez que uno analiza cada uno de esos elementos se da cuenta de que están redactados de manera, como digo, ambigua o confusa y sobre todo que no tienen garantías. Algunos de estos elementos ya están incorporados a la actual legislación española y están siendo sistemáticamente incumplidos por parte de las empresas; por ejemplo, el precio, que se anuncia de una manera y luego se le añade el IVA u otros factores que alteran el precio final. Eso existe en nuestra actual legislación -también otras materias como la información- y está siendo sistemáticamente incumplido por parte de las empresas, en contra de los intereses de los consumidores. Por tanto, incluso en aquello que regula de manera mínima, insuficiente y contradictoria, lo hace sin garantías y sin sanciones disuasorias para las empresas. Ese es el gran problema de nuestra legislación, que es una legislación dispersa, que además no tiene la contundencia de equilibrar la relación entre las empresas y los consumidores, una relación asimétrica que la regulación legal no equilibra de ninguna manera. Pero sobre todo, y lo decía antes, lo que no hace esta ley es responder a una situación grave de máximos, a lo que en estos momentos podemos denominar una situación de abuso, cuando no de fraude, en muchos sectores económicos en nuestro país, en los que más afectan a la vida cotidiana de los ciudadanos, a los servicios básicos, a los servicios públicos a los ciudadanos. Ahí los ciudadanos ven oligopolios de dominio que pactan precios en contra de sus intereses y ven también a reguladores regulados por esos oligopolios de dominio. Esa es la situación y la sensación que tienen los ciudadanos. Sin embargo, el Gobierno, teniendo la oportunidad de adoptar medidas para equilibrar esa relación tan asimétrica entre productores y consumidores, no lo hace con relación, como he dicho antes, a esos grandes oligopolios financieros, eléctricos o del sector de la comunicación, y no lo hace tampoco para garantizar una regulación que también equilibre la relación entre productores y consumidores. Me voy a fijar en cuatro grandes aspectos que, en nuestra opinión, deberían incorporarse a esta modificación legal, que el Gobierno en algunos casos ha comprometido incorporar a esta modificación legal y lo ha incumplido y que, en nuestra opinión, dan razón a nuestra enmienda de devolución. En primer lugar, muy recientemente esta Cámara ha debatido la acción colectiva de los consumidores, una acción colectiva frustrante, porque solamente tiene algún tipo de efectividad con relación a paralizar determinada comercialización de un producto cuando este no se corresponde con sus prescripciones. Los ciudadanos, que esperaban que la acción colectiva significase resarcir o indemnizar su participación en esta relación asimétrica entre productores y consumidores, ven con preocupación cómo esta acción colectiva no tiene éxito y es una fuente de frustración. No hay tutela judicial efectiva para los consumidores que tienen pequeñas cantidades, aunque globalmente sea una gran cantidad la que se ha producido como consecuencia de una actuación irregular por parte de un productor eléctrico, de un productor gasístico o de un sector financiero como estamos viendo en nuestro país en estos momentos en las participaciones preferentes y en las subordinadas o en las cuestiones relativas a las cláusulas suelo. Nada de eso aparece en esta ley y fue comprometido por el portavoz del Grupo Parlamentario Popular en aquel debate del Congreso de los Diputados. Nos dijo: No se puede regular la acción colectiva al margen de una modificación legal; cuando se produzca la modificación legal, entonces incorporaremos la acción colectiva. Primer compromiso incumplido. El segundo compromiso, que tiene mucho que ver con el consumo y también con esta modificación legal, es el relacionado con los servicios de atención al cliente. Fue un compromiso del Gobierno reiterado ante esta Cámara y un compromiso de la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que lleva también la responsabilidad de consumo. El servicio de atención al cliente, que es un compromiso derivado del artículo 51 de nuestra Constitución y un compromiso del Gobierno -como he dicho antes- dentro de su plan a lo largo de la legislatura, no se ha concretado y los ciudadanos ven cómo la atención al cliente y las quejas dejan mucho que desear, en general, en la relación entre productores o empresas y consumidores. Nos da la impresión de que ahí también el Gobierno ha perdido la oportunidad de abordar una modificación legal con contenido y no únicamente una modificación legal de mínimos. Son dos temas, pues, de la mayor importancia. Pero también creemos que hay que legislar para la coyuntura. Hay que legislar para que los ciudadanos entiendan que esta legislación que se modifica en materia de consumo aborda sus problemas fundamentales. La acción colectiva es uno de ellos y los servicios de atención al cliente es otro de los temas que preocupan a los ciudadanos. Pero ¿cómo no decir que esta es una oportunidad perdida sobre todo para la regulación de la cláusula suelo? El propio Banco de España la ha criticado dando una orientación en relación a la cláusula suelo que no significa una garantía de incremento de interés o de techo en el incremento de interés para los ciudadanos, sino que parece más una garantía para los bancos y que los bancos imponen a los ciudadanos. Nada sobre las cláusulas suelo aparece en esta modificación legal en materia de consumo. Nadie lo entenderá. No lo entenderán los ciudadanos que suponen que las leyes tienen que ver con la realidad, porque en este caso la ley tiene muy poco que ver con su realidad. Tiene que ver solo de forma tangencial o de mínimos con su realidad de máximos, con su realidad de abusos y fraudes importantes sobre los consumidores en esta crisis económica. Por otra parte, además de la regulación de las cláusulas suelo, hubiera sido un buen momento para abordar el tema de la Ley Concursal y la quiebra familiar. Nos parece un elemento esencial. En relación con los desahucios es muy importante la dación en pago, es fundamental; pero hubiera sido también muy importante aprender de las mejores prácticas de la Unión Europea. Una de ellas es la incorporación a la Ley Concursal de las familias y de las personas; es decir, que aquellas personas que tengan una situación dramática desde el punto de vista económico puedan entrar en concurso y que ese concurso signifique que sus deudos no heredan también la hipoteca o la deuda de su familia. Esas cuestiones nos parecen fundamentales y están legisladas en el marco de los países miembros de la Unión Europea, y hubiera sido un signo de sensibilidad del Gobierno para con los consumidores y no únicamente la trasposición de una directiva de mínimos en una cuestión de mínimos. En estos momentos y en una situación tan crítica para los consumidores de nuestro país porque se devalúan sus salarios y sus condiciones sociales y, sin embargo, se revalúan los precios, hubiera sido un signo de sensibilidad del Gobierno que no se hubiera quedado en esta ley de mínimos. Muchas gracias.