Domingo, 24 de Noviembre 2024
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Internacional AMNISTIA INTERNACIONAL Titulo: Egipto. La prohibición de YouTube es un retroceso para la libertad de expresión. Texto: La prohibición temporal impuesta a YouTube en Egipto en relación con un video considerado ofensivo para el islam es un retroceso para la libertad de expresión, ha declarado Amnistía Internacional. El pasado fin de semana, un tribunal de El Cairo ordenó el bloqueo durante 30 días de YouTube, el canal de intercambio de videos en Internet, a raíz de la difusión del controvertido video Innocence of Muslims (La inocencia de los musulmanes), que en septiembre desencadenó protestas en países musulmanes. En la resolución del tribunal, emitida el pasado sábado, se afirma que la libertad de opinión no debe atacar las creencias de terceros. Esta resolución judicial constituye una clara agresión a la libertad de expresión y tiene graves consecuencias para el país, pues los activistas han hecho un uso intensivo de ese medio para denunciar los abusos contra los derechos humanos que se cometen en Egipto, ha manifestado Hassiba Hadj Sahraoui, directora adjunta del Programa de Amnistía Internacional para Oriente Medio y Norte de África. La crítica a las religiones y las creencias forma parte esencial de la libertad de expresión, independientemente de lo ofensiva o intolerante que pueda ser una opinión. El Tribunal Administrativo de El Cairo ha declarado asimismo que debe existir un equilibrio entre la libertad de expresión y los intereses y fines de la sociedad, y la protección de sus valores y tradiciones. El tribunal agregó que la libertad de opinión no debe provocar los sentimientos ni el resentimiento de los creyentes de otras religiones, especialmente de las religiones celestiales, y que los medios deben abstenerse de difamar a las figuras religiosas. Los argumentos del tribunal para prohibir las emisiones de YouTube contradicen de forma flagrante el derecho internacional de los derechos humanos, que protege la libertad de expresión, incluida la expresión de ideas que sean ofensivas. Las críticas a las religiones y otras creencias e ideas son parte esencial del derecho a la libertad de expresión, ha declarado Hassiba Hadj Sahraoui. Por ofensivas que puedan resultar, tales críticas, insultos o burlas no afectan a la libertad de religión del creyente. El tribunal también ha ordenado la clausura de otros sitios en Internet en los que se puede ver la película. Una ONG de derechos humanos que se opone a la resolución, la Asociación por la Libertad de Pensamiento y Expresión, está preparando un recurso contra ella. Los problemas técnicos y económicos que conlleva la aplicación de esta decisión muy probablemente significará su imposibilidad real de ser llevada a la práctica, señala Hassiba Hadj Sahraoui. En cualquier caso, incrementa la inquietud sobre la imposición de restricciones a la libertad de expresión fundadas en la difamación de las religiones. Esta resolución se produce en medio de un notable aumento de los procesamientos en Egipto contra personas acusadas de blasfemia. El mes pasado, un tribunal de El Cairo confirmó la condena a tres años de cárcel dictada contra Alber Saber por cargos relacionados con la difamación de la religión, debido a que había publicado unos videos que se consideraron ofensivos, entre ellos Innocence of Muslims. Las Constitución egipcia protege la libertad de expresión, pero con límites, entre otros el de insultar o difamar a la religión o a las personas. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del que Egipto es Estado Parte, protege la libertad de expresión de ideas incluso cuando puedan considerarse ofensivas o insultantes.