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España AMNISTIA INTERNACIONAL Titulo: 10 años sin investigar adecuadamente el trato dado a detenidos por tropas españolas en Irak. Texto: El Ministerio de Defensa asegura a la organización que la investigación militar encargada tras la publicación de un vídeo en El País, donde se mostraban presuntas torturas cometidas por soldados españoles en Irak, es conforme a la legislación española Amnistía Internacional se dirigió hace unas semanas por carta al Ministro de Defensa, Pedro Morenés, para pedirle nuevamente una investigación en jurisdicción ordinaria sobre los posibles crímenes de derecho internacional cometidos en Irak por tropas españolas, en cuanto al trato dispensado a los detenidos; y en particular a raíz del vídeo publicado por el País donde se mostraban presuntas torturas cometidas por soldados españoles en Irak. El Ministerio de Defensa ha contestado a la organización que cuando tuvo conocimiento de estos hechos, encargó una investigación militar y que considera conforme a la legislación vigente esta actuación. Sin embargo, Amnistía Internacional insiste en que cualquier investigación de graves violaciones de derechos humanos, y en particular esta, debe llevarse a cabo ante la jurisdicción ordinaria, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, los estándares internacionales y dada la falta de investigaciones efectuadas hasta el momento. El Tribunal Constitucional expresó en una sentencia de 1991 que la jurisdicción militar ha de reducir su ámbito a los delitos que puedan ser calificados como estrictamente castrenses que no son los crímenes internacionales como, por ejemplo, torturas. Y el Comité de Derechos Humanos recomienda que la jurisdicción militar debe enjuiciar al personal militar solamente acusado de delitos militares. Amnistía Internacional recuerda que los tribunales militares, en España o en cualquier otro Estado, no reúnen las condiciones de independencia e imparcialidad que son requeridos para la investigación de crímenes de derecho internacional, tales como la tortura o los malos tratos, infringidos a personas bajo custodia. La razón, como expresa el Principio 9 del Informe presentado por el Relator Especial de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos en enero de 2006, es que las autoridades militares podrían sentirse inclinadas a echar tierra sobre estos asuntos, invocando el principio de la oportunidad en el ejercicio de la acción penal, favoreciendo el archivo de la causa o alegando la conformidad con los hechos imputados en perjuicio de las víctimas. Además, el Código Penal ordinario español reconoce la imprescriptibilidad de los delitos de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra (artículos 131.4 del Código Penal), a diferencia del Código Penal Militar, para el que el delito de tortura sí preescribe (art 45 y 76 del Código Penal Militar). Entre 2004 y 2006, Amnistía Internacional se dirigió a los anteriores Ministros de Defensa, José Bono y José Antonio Alonso, requiriendo información sobre la actuación de las tropas españolas con relación a las personas detenidas en Irak durante el conflicto armado, aludiendo a las denuncias de torturas y malos tratos contra detenidos iraquíes, incluido el caso del traductor Al Mayali, publicadas en diversos medios de comunicación. Ambos Ministros negaron que se hubieran producido. En concreto en el año 2006, fuentes del Ministerio de Defensa informaron a Amnistía Internacional que en el caso de los enfrentamientos entre fuerzas españolas y elementos hostiles, no se había realizado ninguna investigación posterior a los hechos, a la vista del informe emitido por la Unidad participante, por no haberse apreciado ninguna actuación incorrecta, ni vulneración de las Reglas de Enfrentamiento que regulaban la operación. Hace un mes, el diario El País publicó un video donde puede apreciarse la posible comisión de crímenes de derecho internacional por miembros de las fuerzas armadas españolas en Irak en el año 2004 y las autoridades reaccionando encargando una investigación militar. Para Amnistía Internacional, esta investigación no es el paso adecuado para garantizar una investigación imparcial e independiente. Para evitar que se cree un clima de impunidad entorno a crímenes de derecho internacional, Amnistía Internacional solicita que se emprendan reformas legislativas, entre las que debe incluirse la del artículo 76 del Código Penal Militar sobre tortura y otros delitos comunes que, con otras diposiciones, actualmente habilita a la jurisdicción militar a la investigación de este tipo de delitos. En cualquier caso, debe garantizarse que los crímenes de derecho internacional cometidos por personal militar son investigados por la justicia ordinaria de forma adecuada. Las personas que pudieran ser responsables deben rendir cuentas de sus actos por medio de su procesamiento penal; y las víctimas deben recibir una reparación adecuada por parte del Estado español. Amnistía Internacional sigue esperando que las autoridades informen sobre el destino y paradero de las 111 personas detenidas en Irak por las fuerzas españolas, de las cuales 78 habrían sido entregadas a la policía iraquí y 33 al Centro de Confinamiento de la Coalición en Bagdad.


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AMNISTIA INTERNACIONAL - España - 26/04/2013

10 años sin investigar adecuadamente el trato dado a detenidos por tropas españolas en Irak

Amnistía Internacional reitera por carta al Ministerio de Defensa que es necesaria una investigación en la jurisdicción ordinaria, imparcial, independiente y exhaustiva de los presuntos crímenes de derecho internacional cometidos por las tropas españolas desplegadas en Irak

Politica 24h
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Localización de Najaf en Irak via wikipedia


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