Viernes, 01 de Noviembre 2024
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Andalucía UPEyDE Titulo: UPyD presenta una ILP para reformar la Ley Electoral Andaluza. Texto: D. MARTÍN DE LA HERRÁN SABICK, Coordinador Territorial de Unión Progreso y Democracia en Andalucía, y Portavoz de la Comisión Promotora, al amparo de lo dispuesto en los artículos 2 y ss. de la Ley 5/1988, de 17 octubre, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, presenta la siguiente INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR para la reforma de la Ley 1/1986, de 2 de Enero, Electoral de Andalucía, a fin de garantizar la igualdad de voto de los ciudadanos y dar más poder a los electores, para su examen por la Mesa del Parlamento. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La vigente Ley Electoral Andaluza, fue promulgada el 2 de enero de 1986, desarrollando el mandato estatutario que atribuye a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas sobre normas y procedimientos electorales para la constitución de sus instituciones de autogobierno, en el marco del régimen electoral general (art. 46.2) El marco de referencia vendría representado por la propia Constitución Española (CE) y por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG). La LOREG desarrolla el sistema electoral y establece entre otros aspectos que la fórmula de reparto de escaños es la regla DHondt, la existencia de una barrera legal del 3% de los votos válidos emitidos en cada circunscripción y el voto por listas cerrada y bloqueadas (imposibilidad de seleccionar o reordenar a los candidatos). Estas normas básicas electorales pretendieron favorecer las estructuras organizativas de los partidos políticos, dotando al Estado de un sistema de partidos fuertes, que garantizara la gobernabilidad, pero sacrificó la libertad de elección de los ciudadanos y limitó la proporcionalidad. En la primera redacción del Estatuto de Autonomía de 1981 las posibilidades de configurar un sistema electoral, distinto al recogido en la legislación estatal para el Congreso, no estaba contemplada para Andalucía y el legislador autonómico partió de la misma concepción ideológica y básicamente, se reiteraba en el método establecido por la LOREG para el Congreso de los Diputados., pero en la reforma del Estatuto del año 2007 estas facultades sí contemplaron. A pesar de ello, desde su aprobación no ha sufrido cambios significativos, porque nunca hubo intención de cambiar los paradigmas que le sirvieron de inspiración. La estabilidad de los gobiernos salidos de las urnas y el fomento de las mayorías parlamentarias ha sido siempre la prioridad de nuestros sistemas electorales. La elección de una u otra técnica electoral no es gratuita, sobre todo si de lo que se trata es de evaluar la calidad democrática de cualquier régimen parlamentario. La mayor o menor facilidad con la que los ciudadanos pueden ejercer su derecho a participar en los asuntos públicos, a través de sus representantes, depende de las normas de organización y procedimiento previstas para la elección de éstos. Pero también de esas normas depende la mejora de la propia Institución Parlamentaria, la recuperación de su centralidad política y, con ella, el rescate de una cierta forma de hacer política que dignifique el papel del parlamentario. En este sentido se expresa el propio Consejo de Estado, quien, en su Informe de febrero de 2009, sobre la Reforma de la LOREG, declara que hay aspectos que podrían ser susceptibles de mejora, en aras de garantizar la igualdad de electores y partidos políticos en el proceso electoral y de revalorizar la participación de los ciudadanos en la designación de sus representantes. En un Estado social y democrático de Derecho que propugna como uno de sus valores superiores el pluralismo político, todas las instituciones, y todos los responsables políticos están obligados a prestar la debida atención a las continuas necesidades de actualización del sistema electoral y a las propuestas encaminadas a su perfeccionamiento. Es necesario impulsar leyes electorales, tanto de ámbito nacional como autonómico, que favorezcan la representación del pluralismo político existente, permitiendo una participación política real de todos los ciudadanos. Que en Andalucía, el sistema electoral sea respetuoso con este principio esencial en democracia, y no distorsione la voluntad libremente manifestada por el pueblo en las urnas, debe ser nuestro propósito. Con tal empeño UPyD promueve la presente Iniciativa Legislativa Popular. Porque considera que, de acuerdo con la Constitución, el Estatuto de Autonomía y la LOREG, el Legislador andaluz tiene suficiente margen de actuación como para regular aquellos aspectos de su sistema electoral que resultan determinantes para mejorar la representatividad en cada proceso selectivo y revitalizar la institución parlamentaria garantizando aspectos tan relevantes y fundamentales como son la IGUALDAD, la PROPORCIONALIDAD, Y LA REPRESENTATIVIDAD. La Reforma de la Ley Electoral Andaluza que proponemos, aseguraría mayor igualdad en el voto de sus ciudadanos, reconocería el protagonismo del electorado andaluz en la selección de sus candidatos, y mejoraría el funcionamiento del Parlamento, poniendo en valor a la figura del parlamentario, cuya labor debe tener de por sí calado suficiente como para devenir incompatible con cualquier otra representación institucional. Introducimos además, otras propuestas que consideramos necesarias para asegurar los objetivos antes mencionados, como: la reducción de los gastos electorales mediante la supresión del envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral, la pluralidad en la composición de la comisión de control de distribución de espacios gratuitos de publicidad electoral, y un mayor equilibrio de trato ante los medios de comunicación, de manera que los andaluces conozcan verdaderas alternativas a la hora de votar.